Ha de pactarse en capitulaciones.


Funciona como el régimen de separación de bienes, teniendo cada cónyuge la libre administración y disposición de los bienes que tienen en el momento de celebrar el matrimonio, y los que puedan adquirir después por cualquier título.

Al final de dicho régimen, cada cónyuge tiene derecho a participar de las ganancias que aparezcan en el patrimonio del otro, al tiempo de la disolución.


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